Os dejamos este artículo que hemos leído en en 20 minutos de hoy y que creemos interesante:
Mi marido trabaja en una empresa de 5 empleados, con un jefe propietario de la empresa que está en edad de jubilarse y no sabemos si al hacerlo debe finiquitar a todos sus empleados.
La extinción del contrato de trabajo por muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual se producirá siempre y cuando nadie continúe desarrollando la actividad empresarial.
En estos casos, el trabajador tiene derecho a una indemnización por importe de un mes de salario, con inclusión de las pagas extra y la parte proporcional de vacaciones.
Al extinguirse el contrato, el trabajador pasa a estar en situación legal de desempleo.
Si el empresario decide traspasar el negocio a sus herederos u otras personas físicas o jurídicas, no hay cese de la actividad y en este caso todo seguiría igual para el trabajador, y el nuevo empresario asumiría todas las obligaciones en materia laboral del antiguo empleador.
No se debería, en este caso, ver afectado ninguno de los derechos adquiridos.
|
Comentarios